
El Derecho Mercantil es una rama del Derecho Privado que regula los actos de comercio establecidos en el ordenamiento jurídico y a los individuos que su profesión habitual es de comerciante. En la mencionada definición se observa los 2 criterios del Derecho Mercantil; criterio objetivo aquel que se refiere a los actos de comercio en sí y el criterio subjetivo es aquel que señala al individuo como comerciante.
En España este tipo de derecho se sustenta en dos reglas o principios fundamentales. Uno de ellos es el poder del Estado para planificar lo que es la actividad económica. Y el segundo de los citados es que se reconoce no sólo el derecho a la libertad de empresa sino también a la propiedad privada.
Regula la actividad jurídica de empresarios y comerciantes.
SERVICIOS PRESTADOS
- Reclamación de deudas a los administradores de sociedades desaparecidas.
- Reclamación de letras, cheques y pagarés.
- Materia de transportes, reclamación de portes, daños en mercancías y accidentes e intervención ante las Juntas Arbitrales de Transporte.
- Constitución, modificación y disolución de sociedades.
- Contratos mercantiles.
- Concursos de acreedores.
- Derecho bancario: conflictos con entidades financieras y defensa ante mala praxis.
- Ejecuciones, refinanciación de deudas y planes de viabilidad de empresa.
- Derecho marítimo.
- Asesoramiento y asistencia en la reclamación a compañías de seguros para indemnizaciones por daños y perjuicios.
- Conflictos con las compañías de telefonía y telecomunicaciones.
- Derecho de consumo y arbitrajes.
- Reclamaciones de consumo con relación a talleres y prestación de servicios.
- Reclamaciones de impagados de cualquier sector comercial.